¿Cómo funciona?

FASE 1.

Inscripción en la Asociación Ecovivienda Cívica Colaborativa creada para agrupar y coordinar a todas aquellas personas que comparten la idea de promoción de la Vivienda Cooperativa  en régimen de Cesión de Uso.

Se trata de establecer una forma jurídica que permita el poder poner en funcionamiento las diferentes inquietudes y dimensiones que plantean las personas interesadas en este modelo habitacional más asequible que la compra o el alquiler y que está ampliamente desarrollado en los países nórdicos.

La Asociación dispondrá de los medios, tanto técnicos como personales, para darse a conocer en las redes sociales más comunes, página Web, campañas informativas, mail de contacto y resolución de dudas.

Se ha establecido la forma juríca sin ánimo de lucro en la cual:

  • Se van asociando personas que comparten unos mismos objetivos que no son otros que los de optar a una vivienda en optimas condiciones.
  • Nos permitirá disponer de listas de posibles cooperativistas para futuras actuaciones.
  • Los asociados aportarán una cuota anual y recibirán información de los trabajos y actuaciones que se estén ejecutando. Crea confianza en los cooperativistas y solvencia frente a entidades financieras y la Administración.
  • Pueden agruparse personas con afinidades, ayudando así a establecer el tamaño de las promociones, tipologías solicitadas y preferencias de ubicación.

Objetivo principal: Proveer de alojamiento digno y estable a las personas asociadas a partir de la creación de una promoción de viviendas en la que el suelo resulte cedido con un derecho de superficie por las Administraciones u otras entidades y las viviendas sean propiedad colectiva y exclusiva de la cooperativa.

 

FASE 2.

Conocidos  los distintos datos  aportados por los asociados como son:

  •  ¿Donde quiero vivir?
  • ¿Con quien quiero vivir?
  • ¿Cuanto estoy dispuesto a invertir?  Distintas aportaciones y cuota mensual

Estaríamos en disposición de crear la cooperativa de viviendas en cesión de uso para cada grupo de asociados que comparten los citados parámetros con las limitaciones que impone la propia superficie del solar, y la legislación y usos que lo acompañan, sobre el que se va a desarrollar el proyecto. Se fijarán los criterios de habitabilidad, nº de personas que pueden vivir en cada piso en función de la superficie del mismo, estatutos de la cooperativa, arquitectura, modelo económico, procesos de comunicación, plazo de ejecución de las obras, calendario de aportaciones económicas, etc…

 

FASE 3.

En la que llevaría  a cabo la construcción de las viviendas.

 

Análisis comparativo cesión de uso / alquiler / compraventa

 

  CESIÓN DE USO ALQUILER COMPRA/VENTA
Régimen Jurídico El cooperativista tiene el usufructo vitalicio (hasta su baja como socio, pérdida de la cosa, muerte, etc.) Cesión de uso por tiempo determinado Propiedad
Legislación aplicable Legislación estatal y autonómica de cooperativas, Código Civil Ley de Arrendamientos urbanos Código Civil Código Civil (Normativa hipotecaria, en su caso)
Normas de la comunidad Estatutos de la cooperativa Ley propiedad horizontal Ley propiedad horizontal
Deuda hipotecaria La responsabilidad será igual a la participación en la cooperativa (pero puede perder el derecho de uso si la cooperativa no abona el préstamo hipotecario y se ejecuta la hipoteca) No existe Garantía real por la totalidad de la deuda, más responsabilidad universal
Transmisible a Herederos No. Es transmisible motis causa la aportación inicial del socio y derecho de preferencia para ser admitido como socio, pero no se trasmite el derecho de uso ni la condición de socio Limitada a los que nombra el art.16 LAU
Acceso Fácil Fácil Difícil (financiación)
Salida Fácil Fácil Muy difícil
Modificación Renta/Precio Si, en función del valor del inmueble y el crecimiento de deudas de la cooperativa (por acuerdos) En la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato Sí, según el valor del inmueble y de los tipos de interés e índices de referencia
Especulación Nada, viviviendas por y para los cooperativistas..¿salvo, cesiones a terceros no socios del art.92,1,III de Ley de Cooperativas Elevada, correlacionada con la valoración del inmueble Elevada
Movilidad de residencia Fácil Fácil Difícil

 

 

 

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